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🤝 Calculadora de finiquito 2026

Calcula el finiquito por despido improcedente, procedente, ERE o baja voluntaria en España. Incluye vacaciones e indemnización.

🤝 Calculadora de finiquito

Calcula el finiquito por despido o baja voluntaria en España.

Indemnización estimada
⚠️ Cálculo orientativo. El tope máximo de indemnización es 720 días de salario (42 mensualidades).

📋 ¿Qué incluye el finiquito?

  • Días trabajados del mes en curso
  • Vacaciones no disfrutadas
  • Pagas extra proporcionales
  • Indemnización (si hay despido)
🔍 Si el despido es improcedente, tienes 20 días hábiles para impugnar ante el SMAC.

Cómo usar la calculadora de calculadora de finiquito 2026

Calcula el finiquito y la indemnización por despido en España. Incluye despido improcedente (33 días/año), procedente (20 días/año), ERE y baja voluntaria. Con vacaciones pendientes y pagas proporcionales.

El finiquito tiene dos partes: la liquidación (días del mes trabajados, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales) y la indemnización por despido (si aplica). El despido improcedente da 33 días por año trabajado (máximo 24 mensualidades). El procedente u objetivo, 20 días/año (máximo 12 mensualidades). La baja voluntaria no tiene indemnización.

Consejos y recomendaciones

  • No firmes el finiquito si no estás de acuerdo: "no conforme" preserva tus derechos.
  • Tienes 20 días hábiles para impugnar un despido ante el SMAC (Servicio de Mediación).
  • Las pagas extras proporcionales incluyen los días del año ya trabajados.
  • Si llevas menos de un año, la indemnización se calcula de forma proporcional.
  • El finiquito se liquida como rendimiento del trabajo: tributa en IRPF igual que el salario.

Preguntas frecuentes

Es cuando la empresa despide sin causa justificada o sin seguir el procedimiento correcto. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado (máx. 24 mensualidades). La empresa puede optar entre readmitir o pagar.
No. La baja voluntaria no da derecho a prestación por desempleo. Sí tienes derecho al finiquito (vacaciones pendientes, días trabajados del mes y pagas proporcionales) pero sin indemnización.
Las indemnizaciones obligatorias por despido están exentas de IRPF hasta el límite legal (33 días/año hasta 180.270€ en 2026). El exceso tributa como renta del trabajo.
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